jueves, febrero 16, 2006

SE CREA LA FISCALÍA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN DE DELITOS COMETIDOS



. Tendrá competencia para dirigir las investigaciones y perseguir los
delitos.
. Su adscripción será la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Atención
a Víctimas y Servicios a la Comunidad de la PGR.
. Mañana entrará en vigor.


El día de hoy, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el
Acuerdo A/031/06 del Procurador General de la República, Daniel Cabeza
de Vaca Hernández, por el que se crea la Fiscalía Especial para la
Atención de Delitos cometidos contra Periodistas.

En el Acuerdo se establece que la Fiscalía Especial tendrá competencia
para dirigir, coordinar y supervisar las investigaciones y, en su caso,
la persecución de los delitos cometidos contra periodistas nacionales o
extranjeros dentro del territorio nacional, perpetrados con motivo de su
ejercicio profesional.

A través de esta Fiscalía se establece un mecanismo que garantiza la
coordinación entre las instancias competentes de los niveles municipal,
estatal y federal, para prevenir, investigar y, en su caso, sancionar a
los responsables de los delitos cometidos en agravio de periodistas.



También permite que la Fiscalía no nada más concentre sus acciones en la
persecución de delitos, sino que la faculta para promover tanto una
cultura de prevención del delito como de respeto y difusión de los
derechos humanos, particularmente los relacionados con la libertad de
expresión y el derecho a la información.

En su artículo cuarto, el Acuerdo establece que la Fiscalía Especial
para la Atención de Delitos cometidos contra Periodistas, tratándose de
los delitos previstos en el artículo dos de la Ley Federal contra la
Delincuencia Organizada, declinará la competencia a favor de la
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia
Organizada.

El artículo dos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada a la
letra dice: "Cuando tres o más personas acuerden organizarse o se
organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que
por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o
algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo
hecho, como miembros de la delincuencia organizada":

I.- Terrorismo, previsto en el artículo 139, párrafo primero; Contra la
salud, previsto en los artículos 194 y 195, párrafo primero;
Falsificación o alteración de moneda, previstos en los artículos 234,
236 y 237; Operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto en
el artículo 400 bis, todos del Código Penal para el Distrito Federal en
materia de Fuero Común, y para toda la República en materia de Fuero
Federal.
2.-Acopio y tráfico de Armas
3.-Tráfico de indocumentados.
4.-Tráfico de órganos.
5.-Asalto.

Dentro del considerando del Acuerdo publicado en esta fecha, se
especifica que el artículo sexto de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos establece que la manifestación de las ideas no
será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en
el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque
algún delito o perturbe el orden público y que el derecho a la
información será garantizado por el Estado.

Que los periodistas mantienen informada a la sociedad, requisito
indispensable para que ésta goce de plena libertad, por lo que las
investigaciones que se lleven a cabo relacionadas con hechos que atenten
contra los derechos de los periodistas o comunicadores, deben entenderse
como un deber jurídico propio y no como una simple gestión de intereses
particulares.

En consecuencia, el Acuerdo citado tiene como objetivo crear la Fiscalía
Especial para que coadyuve con la Procuraduría General de Justicia del
Distrito Federal y con las diversas Procuradurías Generales de Justicia
de los Estados en las investigaciones de los ilícitos en contra de los
comunicadores.


Asimismo, se da cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos
por el país de crear una Fiscalía Especial que coordine al Ministerio
Público de la Federación para atender e investigar con mayor eficacia
este tipo de delitos.

El Acuerdo publicado en este día en el Diario Oficial de la Federación
señala claramente que se perseguirá cuando el delito de que se trate se
haya cometido en razón de su ejercicio del derecho a la información o la
libertad de prensa.

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